Reglamento de régimen interior

La entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE) y de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIIAFV) nos obliga a adaptar nuestro Reglamento a esta nueva realidad normativa.

En la elaboración de este Reglamento hemos tenido en cuenta Manual de Funciones del ambiente Escuelas y el Reglamento marco de Régimen interior para los Colegios de la Inspectoría Santiago el Mayor. Hemos contado con el trabajo realizado por Escuelas Católicas Nacional para la adaptación a la LOMCE y a la LOPIIAFV.

Veréis que tanto el Reglamento como los Anexos están trazados según la normativa y decretos de convivencia de la Comunidad de Madrid, especialmente en lo relativo a la convivencia escolar, a la tipificación de las faltas y a los protocolos que han pedido que desarrollemos en los centros.

Este documento jurídico que es el Reglamento de Régimen Interior, aprobado por el Consejo Escolar de nuestro Centro, quiere ser un instrumento de cohesión con todos los centros de la Inspectoría Santiago el Mayor y en nuestra Comunidad Educativa Pastoral. Esperamos que sea de gran utilidad no sólo para quienes detentan los diferentes cargos directivos, sino también para todo el conjunto de la Comunidad Educativa del Colegio Santo Domingo Savio.

Don Bosco, dejó a los salesianos el Libro de la Regla, nosotros hoy en los Colegios Salesianos disponemos del Reglamento de Régimen Interior que pretende acompañarnos para que, en el marco de la ley, podamos vivir el espíritu salesiano de atención especial a los jóvenes, de acogida, alegría y optimismo, de trabajo y templanza, de creatividad y flexibilidad, con una perspectiva realista de la vida, aplicando el Sistema Preventivo y con una profunda confianza en Dios[1].

Cristina Pérez Melián

Directora General del Colegio Santo Domingo Savio

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[1] Constituciones de la Sociedad de San Francisco de Sales, art. 10-20.